Explicación sencilla para que comprendas qué establece el Baremo.
El calcáneo es el hueso más grande del pie, ubicado en la parte posterior y por debajo de los huesos que conforman el tobillo.
Una fractura en este hueso puede ser muy limitante, ya que soporta el peso del cuerpo y es clave para caminar.
Se rompe el hueso del talón y queda hundido o deformado. Con el tiempo, la articulación debajo del tobillo (subastragalina) desarrolla artrosis, lo que provoca dolor y dificultad al caminar.
La lesión afecta los dos talones a la vez. Además de la artrosis, la persona queda con una marcha claudicante, es decir, cojea de forma permanente, con mayor limitación para caminar o estar de pie.
En los casos donde no se genera artrosis, el porcentaje de incapacidad se calcula en base a la restricción funcional residual, que considera:
La limitación para la flexión y extensión del tobillo.
El dolor al cargar peso o caminar.
La restricción en movimientos como la inversión y eversión del pie.
La indemnización que te corresponde va a depender del porcentaje de incapacidad con el que quedes después del alta médica.
Por este motivo, el único que puede determinar tu porcentaje de incapacidad, teniendo en cuenta todas las consideraciones que establece la Ley, las características propias de la lesión y las tareas que realizás es el médico legista de la SRT.
Con los porcentajes de la tabla del baremo podés hacer un cálculo aproximado en nuestra calculadora de indemnización y pedir nuestro asesoramiento legal gratuito.
El servicio de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo no está disponible en este momento.
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